Contraloría descartó detrimento en hospital de Garzón
La Contraloría Departamental del Huila, entregó un nuevo reporte preliminar de contratos destinados a la atención de la emergencia por el COVID-19, contra las denuncias hechas por los actos administrativos adelantados en el Hospital San Vicente de Paúl del municipio de Garzón durante la emergencia.
En ese orden y conforme a los procedimientos de la Guía de Auditoría Territorial GAT, adaptada a las necesidades de la Contraloría Departamental del Huila, mediante Resolución No.104 del 22 de abril de 2013, el ente de control practicó una Auditoría Exprés, al Hospital San Vicente de Paúl del municipio de Garzón, relacionada de acuerdo con los hechos expuestos en la Denuncia D-031-2020 Licitaciones Huila y varios medios de comunicación radial del centro del Departamento, contra el contrato de suministro número 272 del 26 de marzo del presente año con el señor Jorge Eliserio Vargas Rivas, representante legal dela empresa CE PRINT.
El objeto del contrato es suministrar material médico quirúrgico representado en tapabocas N95 con válvula, tapabocas N95 sin válvula, overoles desechables Safetex Steelpro 7077W, tapabocas desechables convencional, monogafas hospitalarias y guantes siliconados por un valor de 360 millones 720 mil pesos incluido IVA.
Según los detalles de las denuncias, el contrato fue adjudicado a una empresa no idónea para el suministro de los insumos, además de advertir sobrecostos en la adquisición de tapabocas N95 con válvula por un valor de 26 mil pesos y sin válvula a 25 mil pesos, tapabocas desechables de mala calidad y la entrega de materiales quirúrgicos vencidos.
El contratista
Frente al contratista, el ente de control revisó las propuestas de las empresas que se presentaron para la adjudicación del contrato, la propuesta de Jorge Eliserio Parga Rivas, representante legal de CE PRINT, fue la más favorable, pero, si bien esta inscrita en la Cámara de Comercio, los investigadores pudieron establecer que al momento de la visita, la empresa no presentó certificado de inscripción como establecimiento mayorista para su distribución y tampoco tiene el permiso de la Secretaría de Salud del Huila, para ser distribuidor de medicamentos y dispositivos biomédicos.
Según la investigación preliminar, el proponente seleccionado tiene dentro de su actividad económica la venta de computadores, maquinaria, venta de libros, artículos de papelería y dotación de la cual desagrega otras actividades de acuerdo a la clasificación industrial internacional uniforme CIIU, se encuentra de acuerdo a la categoría con el código G4659 “Comercio al por mayor y otros tipos de maquinaria y equipos NCP, donde guarda una equivalencia homologada como el comercio al por mayor de equipo, artículos e instrumentos médicos, quirúrgicos y para laboratorio.
La Contraloría Departamental sin embargo, considera que el suministro de elementos de protección como overol, monogafas, tapabocas y guantes es muy diferente al suministro de fármacos y dispositivos médicos, que son las que por ley tendrían la necesidad de estar inscrito, sin perjuicio de las instrucciones impartidas por la Secretaria de Salud Departamental.
Sobrecostos en tapabocas
Frente al tema de posibles sobrecostos en la adquisición de tapabocas N95 con y sin válvula y tapabocas desechables, esta Contraloría realizó un análisis de precios de mercado de aquellos elementos adquiridos por la ESE, los cuales se compararon con el precio de los mismos materiales quirúrgicos adquiridos por otras entidades de la región, se pudo establecer que las adquisiciones del material Médico Quirúrgico efectuada por la ESE Departamental San Vicente de Paúl, mediante Contrato de Suministros No.272 de 2020, se ajustan a los precios del mercado, por lo tanto, no se advierte la presencia un presunto sobrecosto.
En el momento de la visita, no se evidencio el suministro de tapabocas desechables, el Gerente manifestó que inicialmente había llegado un tipo de tapabocas, el cual resultó de mala calidad porque no cumplían con las condiciones técnicas, razón por la cual fueron rechazados mediante concepto desfavorable por parte del comité de seguimiento según acta No. 007 del 13 de abril de 2020, dichos tapabocas finalmente fueron cambiados por una mejor calidad.
Material médico con fecha de vencimiento
Con relación a este punto de la denuncia, el comité evaluador de la Contraloría Departamental, pudo aclarar, que el elemento en mención kit cirujano No. 1 no estéril, no hace parte de los materiales médico quirúrgico-adquiridos por la ESE mediante Contrato de Suministro No. 272 de 2020; los overoles adquiridos por la Institución de salud corresponden a un overol desechable SAFETEX STELLPRO 7077W, por lo tanto, no tiene relación con el objeto contractual, y el Gerente de la ESE manifestó que el que había suministrado al personal médico , era el que estaba en inventarios.
Por: Héctor Fabio Muñoz Figueroa – @hefamu1 – La Voz de La Región